Los deudores de multas de tránsito tendrán un descuento del 50 % del total de su deuda y del 100 % de sus respectivos intereses según la Ley N°2027 del 24 de julio de 2020.

¿En qué consiste esta amnistía?
Los infractores que tengan pendiente el pago de multas, estén pagando o hayan incumplido acuerdos de pago por infracciones cometidas hasta el 31 de mayo de 2020, podrán pagar sin necesidad que asistir a un curso pedagógico de tránsito y acceder al descuento en el total de la deuda e intereses.

Plazo para el pago
Quienes suscriban dicho acuerdo tendrán un plazo hasta de un año para pagar.

¿Qué ocurre si el deudor incumple el acuerdo de pago?
Quienes incumplan una sola cuota perderán el beneficio y la autoridad de tránsito correspondiente iniciará el cobro ejecutivo por la totalidad de la deuda.

¿A quiénes no se aplica la presente Ley?
No serán beneficiarios por la presente Ley aquellos que al momento de los hechos fueron sancionados por embriaguez o haber estado bajo el influjo de sustancias psicoactivas.